viernes, marzo 29, 2024

Lefebvre analiza la imposición directa e indirecta del sistema tributario en su Congreso Fiscal 2021

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 Lefebvre, compañía líder en soluciones jurídicas, organizó ayer el Congreso Fiscal 2021, un encuentro virtual e interactivo que ha contado con la presidencia de honor de S.M. el Rey Felipe VI. Durante su sesión de la tarde, figuras destacadas del ámbito tributario procedentes de la Administración Pública y de la empresa han debatido sobre las figuras impositivas directas e indirectas del sistema tributario español.

Moderada por Javier Martín, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la UCM y socio director de Ideo Legal, la primera mesa redonda ha estado centrada en el análisis de la imposición directa por parte de Manuel de Miguel, subdirector general del IRPF del Ministerio de Hacienda; Silvia López Ribas; subdirectora general de Impuestos sobre las Personas Jurídicas del Ministerio de Hacienda; y Begoña García-Rozado, directora Global Fiscal de Iberdrola.

Manuel de Miguel ha recapitulado lo que ha representado el año 2020 para el IRPF, “un buen año en términos de recaudación. Si analizan los datos a noviembre de 2020, se ha incrementado en un 1%”. No ocurrió lo mismo con el conjunto de los ingresos tributarios porque “el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tiene la ventaja de que es un gran estabilizador automático y es independiente del ciclo económico”.

El subdirector general del IRPF del Ministerio de Hacienda también se ha centrado en el régimen especial de las empleadas del hogar. “Tienen varios empleadores, por definición no hay retención y, sin embargo, al superar el umbral de 14.000 euros de ingresos se convierten en contribuyentes netos del impuesto; por tanto, es obligatorio presentar la declaración para pagar impuestos como cualquier otro trabajador por cuenta ajena”.

Tributación mínima global para grandes empresasPor su parte, la subdirectora general de Impuestos sobre las Personas Jurídicas del Ministerio de Hacienda, Silvia López Ribas, ha hecho referencia al Proyecto de Economía Global desarrollado por la OCDE, y que se basa en dos pilares, “el referente a la tributación de la economía digital y el que prevé el establecimiento de una tributación mínima global que grave a las empresas multinacionales”. Según ha recordado la subdirectora general de Impuestos sobre las Personas Jurídicas del Ministerio de Hacienda “a mediados de junio, habrá una legislación modelo para su implantación en los países”.

En su análisis, López Ribas ha señalado que “los contribuyentes serán aquellas grandes empresas que tengan una cifra de negocio global consolidada superior a 750 millones de euros. Respecto al pagador de este impuesto, la subdirectora general ha aclarado que sería “la multinacional, la sede central”, mientras que el momento del devengo se produciría “cuando las filiales del resto del mundo hayan pagado un tipo efectivo de gravamen”.

Además, la subdirectora general de Impuestos sobre las Personas Jurídicas del Ministerio de Hacienda ha señalado que “los países son conscientes de que esto representa una carga fiscal relevante para las multinacionales y que se están analizando los mecanismos de simplificación a incorporar”.

Por último, Ricardo Álvarez, subdirector general de IVA, Ministerio de Hacienda; y Saturnina Moreno, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Castilla La Mancha han participado en la última mesa del Congreso, analizando varias figuras tributarias como son el ITPJAD y el valor de referencia, el Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuestos Especiales.

Ricardo Álvarez, expuso las novedades del proyecto de ley en relación con el IVA, centradas básicamente en las especialidades de los regímenes aduaneros. De igual modo, y a solicitud de los participantes, puso de manifiesto “la procedencia de implantar el régimen de franquicia” para los autónomos, “ya que somos el único país de la unión Europea que no cuenta con el mismo”. Por su parte, Saturnina Moreno, analizó en profundidad el nuevo valor de referencia en el caso del impuesto sobre transmisiones y del impuesto sobre sucesiones “cuando lo transmitido sea un bien inmueble”. Este valor de referencia pondrá fin a la excesiva conflictividad tributaria que se está planteando en la actualidad con respecto a la comprobación de valores inmobiliarios.

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